JAIME WALTER OTINIANO LAZARO, quien sería una de las personas que tiene mayor participación en la comisión de los delitos denunciados, pero más importante aún, seria de lejos la persona que más se habría beneficiado económicamente de la apropiación ilícita de mineral en agravio de Carbonífera San Benito S.R.L.
a. Que, su flota de camiones habría transportado con guías irregulares el mineral apropiado ilícitamente de Carbonífera San Benito; seis volquetes que serían de propiedad de la empresa MultiServicios Coal Miner habrían realizado dos viajes diarios cada uno hacia los almacenes de esta empresa. Así mismo, esta persona habría adquirido recientemente cuatro volquetes adicionales debido a la expansión de la extracción ilegal de mineral.
b. Asimismo, el denunciado JAIME WALTER OTINIANO LAZARO habría recibido ingresos económicos de parte de JUVENEL ARISTIDES CASTRO GALVEZ por actuar como su testaferro en la compra de bienes de capital como seria en el caso de la compra de volquetes, camionetas, locomotoras, retroexcavadoras, compresoras, perforadoras, grupos electrógenos, carros mineros, rieles, etc. Adicionalmente, la gran mayoría de los otros gastos que se habría incurrido para ejecutar la apropiación ilícita de mineral en agravio de Carbonífera San Benito S.R.L. habrían sido facturados a nombre de empresas del denunciado JAIME WALTER OTINIANO LAZARO; motivo por lo el cual sus empresas recibirían significativos montos de crédito fiscal fraudulentamente; a cambio de esto le pagaría a JUVENEL ARISTIDES CASTRO GALVEZ un porcentaje fijo sobre el importe de cada factura fraudulenta.
c. Como evidencia del delito de lavado de activos, se tiene que el denunciado JAIME WALTER OTINIANO LAZARO habría realizado la compraventa de la camioneta de Marca Ford, Modelo Ranger, Color Azul, de Placa TBU931, en cuya compra, JAIME WALTER OTINIANO LAZARO habría actuado como testaferro de JUVENEL ARISTIDES CASTRO GALVEZ.
d. Como se ha expuesto en esta denuncia, JAIME WALTER OTINIANO LAZARO, utilizando principalmente a sus familiares y a sus empresas, sería el receptor del mineral ilegalmente apropiado de la Empresa Carbonífera San Benito S.R.L. Entre otras cosas, JAIME WALTER OTINIANO LAZARO manejaría una red de contactos en diferentes bancos, individuos que apoyarían a esta organización criminal al permitirles realizar depósitos en efectivo por encima de los montos máximos permitidos por la legislación vigente.
e. La fiscalía debe también solicitar acceso a los registros de video vigilancia de las diferentes entidades financieras en donde se habrían realizaron transacciones en efectivo irregulares entre (i) JAIME WALTER OTINIANO LAZARO, sus hijos, la empresa MultiServicios Coal Miner SAC y el socio JUVENEL ARISTIDES CASTRO GALVEZ o personas de su entorno. Esos videos podrían ayudar a confirmar que el participacionista JUVENEL ARISTIDES CASTRO GALVEZ y personas de su entorno habrían coordinado con JAIME WALTER OTINIANO LAZARO y sus hijos las fechas y horas precisas para reunirse en entidades financieras para consumar movimientos de millones de soles de dinero efectivo producto de la apropiación ilegal de mineral en agravio de la Empresa Carbonífera San Benito S.R.L.
f. La Fiscalía debe solicitar así mismo copias de los estados de cuenta bancarias en donde se mostraría la fecha y hora de retiros de grandes sumas de dinero en efectivo de origen delictivo que habría realizado a nivel personal JAIME WALTER OTINIANO LAZARO, sus hijos o la empresa MultiServicios Coal Miner S.A.C. o cualquier otra persona jurídica vinculada a estas tres personas. El objetivo sería comparar la fecha y hora de dichos retiros en efectivo contra (i) depósitos en efectivo que se habrían realizado en fechas y horas similares en cuentas bancarias personales de JUVENEL ARISTIDES CASTRO GALVEZ u otras personas de su entorno y (ii) entregas en efectivo hechas dentro del banco directamente a personal enviado por JUVENEL ARISTIDES CASTRO GALVEZ.
g. La Fiscalía debe solicitar que las empresas vinculadas a JAIME WALTER OTINIANO LAZARO presenten un reporte detallando el volumen de explosivos adquiridos históricamente por dichas personas jurídicas.
h. Subsecuentemente, la fiscalía debe solicitar a la Gerencia Regional de Energía y Minas e Hidrocarburos de la Libertad que realice una pericia técnica minera en las concesiones mineras de fachada que utilizaría el denunciado JAIME WALTER OTINIANO LAZARO; los resultados de dicha pericia demostrarían que no existen labores mineras en dichas concesiones mineras que concuerden con el volumen de explosivos adquiridos. Esto confirmaría que enormes volúmenes de material explosivo serian comprados “legalmente” con de permisos de explosivos tramitados aprovechando el uso de concesiones mineras de fachada; parte de dicho material explosivo habría sido vendido ilegalmente a JUVENEL ARISTIDES CASTRO GALVEZ para ejecutar sus operaciones de extracción minera en agravio de Carbonífera San Benito S.R.L.
i. La Fiscalía deberá también implementar una investigación similar en lo que respecta al material explosivo adquirido por las empresas vinculadas a la hermana de Jaime Walter Otiniano Lázaro, Flor Elizabeth Otiniano Lázaro y a su esposo Vicente Miguel, quienes también se dedicarían por años a apropiarse ilícitamente de carbón antracita en agravio de la empresa Carbonífera San Benito S.R.L.
j. Así mismo, la Fiscalía deberá investigar las transacciones financieras y operacionales realizadas entre las diferentes personas jurídicas vinculadas a miembros de la familia Otiniano. Entre otros, dicha investigación deberá determinar cuántas personas jurídicas de fachada habrían sido creadas y liquidadas históricamente por miembros dicha familia como parte del esquema de apropiación ilícita de mineral en agravio de Carbonífera San Benito S.R.L. y determinar cuántas decenas de millones de dólares habría acumulado la familia Otiniano como resultado de dichos delitos en agravio de la empresa y del estado.
k. JAIME WALTER OTINIANO LAZARO se movilizaría en el vehículo de Marca Jeep, Color rojo, de placa T6A-407, vehículo que utilizaría para transportar dinero en efectivo de origen delictivo hasta la CALLE ATAHUALPA 535-539, URBANIZACION CHICAGO, DISTRITO DE TRUJILLO, PROVINCIA DE TRUJILLO, LA LIBERTAD, en donde entregaría dicho dinero a JUVENEL ARISTIDES CASTRO GALVEZ o personas de su entorno, también se reuniría con JUVENEL ARISTIDES CASTRO GALVEZ en el campamento minero La Victoria y en diferentes reuniones sociales en restaurantes de Trujillo. Este sujeto se movilizaría frecuentemente acompañado de personal femenino de Inteligencia de la Policía Nacional del Perú, motivo por el cual la investigación del denunciado JAIME WALTER OTINIANO LAZARO y miembros de su entorno familiar deberá incluir a personal de Contra-Inteligencia de la Policía Nacional del Perú de Lima al estar este sujeto aparentemente contando con apoyo de personal corrupto de Inteligencia de la Policía Nacional del Perú en Trujillo.
l. El contador de Jaime Otiniano Lázaro sería el CPC Robert Ubaldo Quezada Valle (DNI N°43295405) con domicilio en la CALLE NEW YORK N°143, URBANIZACION SAN NICOLAS, DISTRITO DE TRUJILLO, PROVINCIA DE TRUJILLO, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD
m. La Fiscalía también debe investigar las actividades de la empresa Carbonífera e Inversiones Ares S.A.C (RUC 20609408341), empresa creada recientemente y vinculada al denunciado JAIME WALTER OTINIANO LAZARO, especialmente en lo que respecta a transacciones que habría realizado esta persona jurídica como parte de los delitos materia de esta denuncia.
n. Este delincuente ya ha estado investigado antes por el delito de Lavado de Activos, pero se burló de la justicia gracias a los sobornos que pago en la Fiscalía de la Nación y el Poder Judicial y debido a la falta de visibilidad por parte de la opinión publica en lo que respecta a este criminal; algo que no se volverá a repetir en este caso.
Teléfono Satelital Iridium de USA 001 (480) 768-2500 + 88-165-142-9622 para temas de Pedofilia, Apropiacion Ilicita de Mineral, Evasion Triburaria y Lavado de Activos
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